Aunque el régimen por defecto en la mayor parte de España es el de sociedad de gananciales. No obstante, a través de capitulaciones matrimoniales, la pareja puede cambiar el régimen. Los tres modelos que contempla el Código Civil son tres. Sociedad de gananciales: comunidad de bienes a compartir; Separación de bienes: cada cónyuge conserva la propiedad de los bienes obtenidos ante y durante el matrimonio; y Régimen de Participación: el derecho de cada uno a participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el tiempo de vigencia del matrimonio.

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