Separación matrimonial


Junto con la muerte y la declaración de fallecimiento, el divorcio es una de las tres formas por las que puede disolverse el vínculo matrimonial. En un sentido estricto es la disolución del vínculo matrimonial, mientras que en un sentido amplio se refiere al proceso jurídico que tiene como objetivo dar término a una unión conyugal. El equipo de Notarios Málaga estamos para ayudarte.


Los requisitos

La Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria ha introducido la formalización de la separación o divorcio de mutuo acuerdo ante Notario. Para ello, el matrimonio deberá no tener hijos menores de edad ni discapacitados. Si los cónyuges tuvieran hijos mayores de dieciocho años, la legislación exige que tendrán que dar su consentimiento.

Puesta en común

La escritura notarial de divorcio la formarán una declaración en la que los esposos confirman que quieren divorciarse y el Convenio Regulador, un documento donde se expondrán los puntos que compondrán el período posterior a la ruptura del matrimonio. Los aspectos a tratar en dicho convenio serán: el uso y disfrute de los bienes patrimoniales –vivienda y ajuar–, los gastos comunes, la liquidación del régimen económico del matrimonio y la opción a una pensión compensatoria.

La formalización

Es obligatoria la presencia de ambos cónyuges en la firma del Convenio Regulador, pues el divorcio es un acto personal y no puede otorgarse un poder para que alguien firme en su lugar. La ley obliga a que un abogado esté presente. De este modo, se garantizará el asesoramiento a los miembros de la pareja y la protección de sus intereses.
  • “Aunque puede elegirse a qué notario acudir, este debe pertenecer al municipio o ciudad en que convivieron los cónyuges los últimos meses o en que reside habitualmente uno de ellos”

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