Un acuerdo social es una decisión adoptada en junta con las mayorías necesarias fijadas por la Ley o en su defecto por los estatutos sociales. Quedan sometidos a los acuerdos de la junta general todos los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión. Una vez adoptados deben ser reflejados en un acta que podrá aprobarse en la propia junta a continuación de haberse celebrado ésta, o posteriormente siguiendo el procedimiento legal establecido.


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