Actas de protocolización


Las actas de protocolización tienen como finalidad la incorporación de un documento al protocolo del notario requerido. Su texto expresará que el notario ha examinado el documento que ha de protocolarse. Son protocolables los documentos públicos y privados de todas clases, los impresos, planos, fotograbados, fotocopias o gráficos. De este modo, se asegurará la identidad y existencia respecto de terceros en la fecha de la protocolización. El equipo de Notarios Málaga estamos para ayudarte.


Requisitos

En primer lugar, quienes intervengan en las actas deberán aportar sus documentos de identificación. Si además toman partido sociedades y otras personas jurídicas, deberán presentarse los documentos de las mismas, además de los de la persona física que las represente: escritura de constitución, escritura en la que se contiene el nombramiento del representante como administrador o consejero y escritura de identificación del titular real. Junto a estos papeles, deberá presentarse el documento original que se pretende protocolizar.

Actas de depósito

En las actas de protocolización, no podrá retirarse el documento una vez incorporado. El interesado únicamente podrá solicitar copias de las actas. Sin embargo, en las actas de depósito, el notario custodiará objetos o documentos durante un tiempo determinado para ser posteriormente devueltos a las personas bajo unas condiciones previamente establecidas. También pueden constituirse depósitos sin acta.
  • “Con estas actas, el documento será incluido en el protocolo notarial para así evitar su extravío y dar autenticidad a la fecha en la que la incorporación tiene lugar”

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