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30 enero, 2017Hacer constar las últimas voluntades evitará conflictos innecesarios entre familiares
El testamento recoge la voluntad de una persona sobre cómo han de repartirse sus bienes cuando fallezca. A día de hoy, sigue siendo un tema tabú, a pesar de ser un documento muy importante que evitaría, entre otras cosas, batallas legales innecesarias entre familiares. Hacer un testamento tiene un procedimiento corto y sencillo: aportar la documentación identificadora y explicar al notario las últimas voluntades. Hay una serie de opciones, pautas y ventajas para llevar a cabo los deseos del fallecido.
– La redacción de un testamento aporta tranquilidad al testador de repartir sus bienes de la forma que precise. Además, evitaría la incertidumbre de los herederos en caso de no existir dicho documento.
– Si existieran menores de edad, el testamento permitiría dejar constancia de cómo se organizará la educación de los hijos. Igualmente, podría nombrarse un tutor encargado de los niños.
– El testamento tiene algunos límites: el testador no puede hacer valer sus consejos o recomendaciones, ya que forman parte de la moralidad, no de la legalidad; el documento no tendrá validez si no cumple los requisitos necesarios; también perdería eficacia si el testador realiza un nuevo testamento cambiando por completo los herederos nombrados en el anterior.
– La adjudicación consiste en atribuir los lotes a los coherederos de tal modo que el respectivo “haber” quede cubierto y satisfecho. Desde la entrega de los lotes, se adquiere la propiedad de lo recibido por herencia. Los títulos de adquisición o pertenencia serán entregados al coheredero adjudicatario de la finca o fincas a que se refieran.
– Si el beneficiario se planteara renunciar a la herencia, quedaría exento de cualquier bien o carga del testador. Una opción a caballo entre la aceptación y la renuncia es la aceptación a beneficio de inventario: la herencia se liquida en primer lugar pagando las deudas existentes; si no hay suficiente dinero o patrimonio para cubrirlas, el heredero no responde a ellas con sus bienes.